Juan Carlos Velazque
Director del ICESS-Instituto de Capacitación de la Economía Social y Solidaria
Artículo publicado por la Revista Mundo Mutual – Agosto 2009. Bs. As.
Para entrar en el tema, es necesario, en primera instancia, hacer referencia a una norma muy reciente, la Ley de Educación Nacional Nº 26206, sancionada el 14 de diciembre de 2006, la que en su artículo 90 establece lo siguiente:
“El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología promoverá, a través del Consejo Federal de Educación, la incorporación de los principios y valores del cooperativismo y del mutualismo en los procesos de enseñanza-aprendizaje y la capacitación docente correspondiente, en concordancia con los principios y valores establecidos en la Ley Nº 16.583 y sus reglamentaciones. Asimismo, promoverá el cooperativismo y el mutualismo escolar”.
La Ley 16583 referida se encuentra vigente desde el año 1964, y es la que declara de alto interés la enseñanza de los principios cooperativos, no haciendo mención alguna al mutualismo escolar.
El cooperativismo escolar ha tenido un largo historial y sintéticamente solo diremos que en 1919 nace en Francia y en 1921 ya teníamos la primera cooperativa escolar argentina funcionando en Pigüé, Provincia de Bs. As.
Por otro lado, según se dice, el mutualismo escolar no tiene historia en nuestro país; no obstante, podemos afirmar sin temor a equivocarnos que nace en la República Argentina antes que el cooperativismo escolar, de la misma manera que en la historia universal de ambos movimientos.
El ser humano, desde los principios, comenzó a vivir junto a otros, a formar grupos y ayudarse recíprocamente. Así tuvimos la esencia del mutualismo. Luego hubo en el mundo, con el correr de los años, numerosos ejemplos de incipientes formas mutuales hasta llegar a la Revolución Industrial, etapa en la cual proliferaron las asociaciones de ayuda recíproca. Esto dinamizó al mutualismo, a la vez que nacía una nueva forma de organización solidaria, el cooperativismo.
En 1844, casi finalizando el período de la Revolución Industrial, la Sociedad de los Probos Pioneros de Rochdale, considerada la primera cooperativa organizada como tal, basó sus estatutos en los de una mutual.
En tanto en nuestro país, antes que surgieran las primeras cooperativas, y más aun, mucho antes de la Revolución Industrial y de Rochdale, el 12 de julio de 1691 se funda una mutual, la “Hermandad del Señor San Pedro”. Afirma Felipe R. Arella en su obra “Historia Social del Mutualismo Argentino” que esta mutual sería la antecesora de la actual “Mutual del Clero San Pedro, importante institución a la cual están asociados los curas y monjas seglares y reglares de nuestro país”. Es de destacar que la Hermandad crea, en 1801, una Escuela de Medicina a cargo del Doctor Cosme Argerich, la que funcionaría hasta la creación de la Universidad de Bs. As. en 1821.
A fines del XIX la inmigración comienza a crear escuelas a través de las numerosas sociedades de ayuda mutua. No es extraño entonces que el mutualismo escolar surgiera antes que el cooperativismo escolar.
Yendo a nuestra afirmación inicial, vamos a referirnos a una investigación, realizada por Alicia Rovella y Santiago Arella, publicada por la Universidad de Belgrano. Según esta investigación, el 23 de diciembre de 1913 se constituyó legalmente la Asociación Escolar Mutualista por iniciativa de la Asociación Obra Conservación de la Fe, en la Ciudad de Buenos Aires.
El objeto de esta mutual era “fomentar el ahorro, la protección mutua y el espíritu de unión en los alumnos y ex alumnos de escuelas y otras instituciones análogas, mediante el aporte de una pequeña contribución mensual entre ellos”.
La Asociación era un poco “sui-generis” ya que estaba formada por “socios” y por “protectores”. Los socios eran alumnos y ex alumnos que pagaban una cuota mensual de diferentes valores según fueran menores o mayores de 16 años, en tanto los protectores eran personas que se obligaban a contribuir con donaciones o mensualidades y no tenían el carácter de socios.
Lo llamativo de esta institución era que estaba administrada por los protectores, mientras que los socios recibían los beneficios.
Los servicios que brindaban eran los siguientes: auxilio en caso de enfermedad, pensiones a la vejez a partir de los cincuenta años de edad, y gestiones para obtener empleo.
Es importante saber que la totalidad de los miembros protectores eran mujeres, siendo Presidenta Honoraria desde 1922 a 1925 Regina Pacini de Alvear, esposa del entonces Presidente de la República, Marcelo T. de Alvear. Ya para entonces la Asociación, además de tener personería jurídica, contaba con la adhesión de numerosas instituciones y colegios, y la autorización del Ministerio de Instrucción Pública y del Consejo Nacional de Educación.
En el año 1936, a 23 años de su fundación, editó una “Guía de la Juventud” la que contenía un listado de establecimientos educativos de nivel secundario, las carreras que se dictaban en las distintas facultades de la UBA, y hasta un listado de institutos de enseñanza por correspondencia.
Retrocedamos a 1915 y nos encontraremos que dos años después de fundada la Mutual, “El Monitor de la Educación Común” -órgano oficial del Consejo Nacional de Educación- publicaba una propuesta de estatuto tipo para la organización de asociaciones mutualistas escolares, seguramente, afirman Rovella y Arella, a través del requerimiento de maestros y directores de escuelas para que el Consejo les proveyera de una normativa que les permitiera organizar mutuales escolares.
El artículo 4º de tal modelo decía: “La asociación fomentará de una manera especial la fundación de centros mutualistas en todos los Territorios (denominación primigenia de las actuales provincias) y su propagación en los centros de enseñanza secundaria, normal y universitaria”.
Podían asociarse los alumnos de 6 a 14 años que concurrieran a escuelas públicas. La asociación sería dirigida por un Consejo de Administración compuesto por “personas honorables, cuyos nombres intachables sean para todos una garantía del buen desempeño de su cometido”.
Luego de esta larga experiencia de una sola mutual podríamos decir que desaparecen antecedentes en la materia hasta que muchos años después, en 1972, en la revista de la C.A.M. (Confederación Argentina de Mutualidades) se publica un artículo firmado por el señor Adolfo Coll, el cual presenta un proyecto de estatuto en base al estatuto tipo de mutuales del entonces INAM, Instituto Nacional de Acción Mutual, el cual tiene las características propias de una mutual de mayores.
A diferencia de la ley de cooperativas, la ley de Mutualidades Nº 20.321/73 no hace ninguna referencia al mutualismo escolar y solo varios años después tendremos un Decreto Reglamentario de la Ley 16.583 sobre cooperativismo escolar que contiene en su articulado una disposición directa sobre el mutualismo escolar. Se trata del Decreto Nº 1171 promulgado el 16 de mayo de 2003, el cual en su artículo 1º declara de alto interés la enseñanza teórico-práctica del cooperativismo y del mutualismo en los establecimientos educativos oficiales y privados, en tanto mediante su artículo 2º establece que el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, a través del Consejo Federal de Cultura y Educación deberá promover la incorporación de los principios cooperativos y mutuales.
En su artículo 3º el Poder Ejecutivo determina que el mismo Ministerio de Educación deberá promover la constitución de cooperativas escolares, pero no hace lo propio con las mutuales escolares. Un olvido salvado por la Ley de Educación Nacional.
Como hemos visto, el mutualismo escolar en nuestro país tuvo un precoz nacimiento, sin embargo, no ha tenido la difusión necesaria para poder contar hoy con un crecimiento acorde al desarrollo que si ha tenido el mutualismo en su conjunto. Más aun teniendo en cuenta que la constitución de asociaciones de ayuda mutua en los establecimientos escolares puede resultar una herramienta valiosa para los educadores, enfrentados hoy a un duro individualismo. Para ello, nada mejor que la práctica de los valores y principios mutuales.
Bibliografía:
- Arella Felipe R. - “Historia Social del Mutualismo Argentino” - Ediciones CGCYM, Bs. As., 2008.
- Burgos Miriam, Cañete Ramón G. y otros - “Cooperativismo y Mutualismo Escolar, Propuesta Pedagógica”- Gobierno de la Pcia. de Córdoba - Equipo Interministerial de Cooperativismo y Mutualismo Escolar, Córdoba 2001.
- Revista C.A.M. - Organo de la Confederación Argentina de Mutualidades - Abril-Junio 1972, Nº 25.
- Rovella Alicia - Arella Santiago - “Asociación Escolar Mutualista” - Documentos de Trabajo, Universidad de Belgrano, Depto. De Investigaciones, Area de Estudios en Cooperativismo y Mutualismo, Nº 165, Bs. As., Noviembre 2006.
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